Organismos internacionales expresan preocupación por proyecto de ley que busca criminalizar y entorpecer la labor de las organizaciones de la sociedad civil en Venezuela – Venezuela (República Bolivariana de)

Organismos internacionales expresan preocupación por proyecto de ley que busca criminalizar y entorpecer la labor de las organizaciones de la sociedad civil en Venezuela – Venezuela (República Bolivariana de)

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[Geneva and Washington D.C. 26 January, 2023]. Las organizaciones abajo firmantes expresamos nuestra profunda preocupación por la aprobación en primera vuelta de un proyecto de ley que pretende criminalizar aún más y entorpecer el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil en Venezuela: Ley de Supervisión, Regularización, Fiscalización y Financiamiento de Organizaciones No Gubernamentales y Afines (Ley de Fiscalización, Regularización, Actuación y Financiamiento de las Organizaciones No Gubernamentales y Afines). Este proyecto de ley fue presentado por el partido gobernante Asamblea Nacional de Venezuela, elegido en 2020 en un proceso electoral ampliamente disputado, y contraviene las normas y estándares internacionales.

Si se aprueba, esta ley obstaculizaría seriamente y potencialmente criminalizaría el trabajo de las organizaciones de la sociedad civil en el país y cerraría aún más el espacio cívico. Esta es otra estrategia del gobierno para limitar el trabajo vital de las organizaciones de la sociedad civil que legítimamente defienden los derechos y trabajan en favor de las víctimas de las violaciones de derechos humanos y la crisis humanitaria en Venezuela.

El proyecto de ley fue discutido y aprobado en la sesión legislativa del 24 de enero de 2023. Propone la creación de un “régimen uniforme” para la constitución, registro, funcionamiento y administración de las organizaciones no gubernamentales (ONG), obligándolas, entre otros, a solicitar la autorización para su creación y la acreditación de su capacidad para funcionar en el país. A las organizaciones no se les permitiría operar sin dicho permiso y aquellas que lo hagan pueden estar sujetas a sanciones. Esto implica una restricción inaceptable de la libertad de asociación y otros derechos relacionados.

Además, el proyecto de ley integra las «obligaciones» que establece la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y la Financiación del Terrorismo (Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo), en un lenguaje jurídico amplio, lo que es especialmente preocupante, dada la posible criminalización de la capacidad de las ONG para recibir financiación extranjera.

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Esta legislación obliga a las personas físicas o jurídicas a inscribirse en el Registro Nacional de Organizaciones No Gubernamentales, indicando y divulgando periódicamente la recepción de fondos del exterior. Quienes no se registren o no revelen sus fuentes de financiamiento podrían enfrentar multas, la cancelación de su registro oficial y podrían enfrentar cargos penales en virtud de la Ley contra el Crimen Organizado antes mencionada. Además, el lenguaje legal amplio del proyecto de ley exacerbaría la persecución en curso de los defensores de los derechos humanos. Por ejemplo, el artículo 15.2 del proyecto de ley prohíbe que las ONG realicen «actividades políticas», sin definir claramente lo que se consideraría como tal. El artículo 15.3 del proyecto de ley establece que las organizaciones de la sociedad civil tienen prohibido «promover o permitir actos que atenten contra la estabilidad nacional y las instituciones nacionales» y el artículo 15.4 agrega el eslogan «cualquier otro acto prohibido por la legislación nacional». La infracción de este artículo puede dar lugar a la suspensión de la actividad de la entidad, o incluso a la disolución, tanto de oficio por la autoridad competente como por el juez, si se incoase un proceso penal y existiese un delito.

Además, el lenguaje hostil utilizado en el proyecto de ley es muy problemático, especialmente el énfasis puesto contra la financiación extranjera y la clasificación de las ONG que acceden a dicha financiación como «agentes extranjeros» destinados a desestabilizar la «soberanía nacional».

De acuerdo con las normas internacionales e estándar, las organizaciones de la sociedad civil deben tener la posibilidad de realizar su trabajo sin estar sujetas a limitaciones y suspensiones indebidas basadas en gravosos requisitos administrativos destinados a aislarlas e impedir su existencia. Uno de los elementos esenciales del derecho a la libertad de asociación es la posibilidad de que las ONG locales reciban financiación extranjera que, en muchos casos, es vital para su trabajo de derechos humanos.

Ya en 2021, un regla Se aprobó la solicitud para que las organizaciones de la sociedad civil divulguen por completo a sus beneficiarios y donantes en una plataforma digital del gobierno bajo el pretexto de «luchar contra el terrorismo y el crimen organizado». Esta regla fue rechazada en un carta abierta por más de 600 ONG venezolanas. Ya en julio de 2010 la Corte Suprema había atacado el financiamiento de las OSC estableciendo que la obtención de recursos de estados extranjeros con la intención de utilizarlos en perjuicio de la República podía constituir traición a la patria.

Dado el complejo contexto en Venezuela en relación con el estado de derecho, la democracia, el funcionamiento de los poderes del Estado y en particular la falta de un poder judicial independiente, si se aprueba, este proyecto de ley socavará aún más varios derechos fundamentales, incluidos, a modo de ejemplo, pero sin limitarse a, los derechos a la privacidad, libertad de asociación y expresión, así como el derecho a defender los propios derechos. Más aún, podría convertirse en una herramienta para legitimar lo que es esencialmente la persecución y criminalización de las personas defensoras de derechos humanos.

Además, esta legislación es preocupante en el contexto de la investigación en curso de la Corte Penal Internacional (CPI) sobre Venezuela, dado que limitar el trabajo de las ONG que documentan violaciones de derechos humanos y crímenes de lesa humanidad limitaría una fuente vital de información y evidencia que debería poder para llegar a la CPI. Esto a su vez podría interpretarse como un obstáculo a la justicia, lo que atentaría contra las obligaciones internacionales del Estado venezolano.

Finalmente, con elecciones presidenciales previstas para 2024 y elecciones legislativas y regionales para 2025, Venezuela enfrenta un período electoral que en el pasado ha provocado repuntes en la política represiva del gobierno. Las organizaciones de la sociedad civil son las que, en el pasado, han monitoreado e identificado patrones de represión gubernamental y ataques contra el espacio cívico.

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Las organizaciones firmantes resaltan que el avance de este proyecto de ley está acompañado de una estrategia sostenida para limitar el trabajo de las OSC, así como de una retórica oficial que ha estigmatizado durante años a las organizaciones que trabajan en derechos humanos. Al mismo tiempo, este proyecto de ley se desarrolla en un contexto de impunidad en relación con graves violaciones a los derechos humanos y la persecución y represión de personas, voces y organizaciones consideradas disidentes por el gobierno.

Instamos a la comunidad internacional de países democráticos, especialmente a los de América Latina, a rechazar este proyecto de ley y hacer un llamado al gobierno de Venezuela para que ponga fin a la criminalización y persecución de las personas defensoras de derechos humanos y las organizaciones de la sociedad civil. Finalmente, solicitamos a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, quien visita el país esta semana, que rechace y pida a las autoridades que dejen de lado este proyecto de ley y que resalte durante la visita la importancia de garantizar un entorno propicio para el funcionamiento de las organizaciones de la sociedad civil. sin presión

Organizaciones:

Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)

Derechos humanos de Robert F. Kennedy

Fundación para el Debido Proceso Legal (DPLF)

Centro Global para la Responsabilidad de Proteger (GCR2P)

Oficina de Washington para América Latina (WOLA)

Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT)

El Instituto Internacional sobre Raza, Igualdad y Derechos Humanos

Vigilancia de los derechos humanos (HRW)

Descargo de responsabilidad

Observador de derechos humanos
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