Coca-Cola Femsa requiere protección contra un nuevo etiquetado

Coca-Cola Femsa espera la resolución de un amparo contra ley de etiquetado promulgada en marzo de 2020 y advierte que esta reforma podría afectar sus actividades en el país.

“La Compañía ha presentado una demanda de amparo contra esta reforma, la cual está pendiente de resolución. La Compañía no puede garantizar que esta reforma no tendrá un efecto negativo en su negocio y los resultados de sus operaciones en México «, dijo la empresa a la Bolsa de valores mexicana.

Coca-Cola lo explicó nueva ley de etiquetado establece que a partir del 1 de octubre de 2020 todo el portafolio de la empresa, excluida el agua, debe cumplir con estas nuevas pautas de etiquetado, lo anterior aun cuando los Productos etiquetados de acuerdo con lo anterior NOMBRE-051 puede permanecer en el mercado hasta el 30 de noviembre de 2020.

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La empresa recordó que también presentó otro amparo contra el Ley de prevención y gestión integral de residuos sólidos, publicado en junio de 2019 en Oaxaca, para prohibir el uso, venta y distribución de botellas de resina PET desechables para botellas de agua y cualquier otra bebida en esa entidad.

“Como resultado, el 30 de julio de 2019, dos de las subsidiarias mexicanas de la Compañía entablaron una demanda contra esta reforma y solicitaron una suspensión provisional, la cual fue denegada. Este proceso continúa y está pendiente de resolución. La empresa no puede garantizar que las acciones legales emprendidas tendrán el efecto deseado o que la reforma no tendrá un impacto material en su negocio y los resultados de sus operaciones en México ”, indicó la empresa.

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Nuevo etiquetado

Este nuevo etiquetado ha llegado al envasado de alimentos con mayor contenido calórico, azúcar, grasa y sodio.

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Actualmente, existen varios alimentos y bebidas preenvasados ​​que llevan y respetan el nuevo etiquetado, que será obligatorio a partir del 1 de octubre, aunque no habrá sanciones para quienes no lo cumplan entre ahora y el 30 de noviembre, es decir, hay 60 días de gracia.

Esto debe hacerse a continuación Norma Oficial Mexicana de Alimentos 51 NOM-051-SCFI / SSA-2010, que requiere especificaciones generales de etiquetado para alimentos y refrescos preenvasados, información comercial y de salud en la que se requiere alertar al consumidor con sellos negros en forma de octágonos sobre el contenido arriba de azúcares, grasas, sodio, calorías y grasas saturadas.

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