Entra en vigor la reforma en la CDMX para que los cónyuges abusadores salgan del hogar y paguen los servicios

A partir de este martes, diversas reformas al Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en la Ciudad de México, entre los que destaca el de la mujer es atacada en casa para su compañero, tendrá que salir de casa, pero será responsable de pagar los servicios y no podrás vender la casa.

En este sentido, en el apartado III del artículo 63 se estableció que el agresor tiene la obligación de ser responsable de mantener o pagar los servicios en el hogar.

“Se debe garantizar el cumplimiento de las obligaciones contractuales del agresor donde sea de propiedad o posesión que existía antes o en el sustento que se le brindaba”.

También estaba prohibido que el el atacante puede vender o aprovechar los bienes de la sociedad conyugal o de las que se encuentren en el domicilio común en caso de convivencia o sociedad de convivencia, son nulas las que sean dictadas por el agresor en violación de la ley.

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Terapia para la reeducación y reintegración social de los agresores

Por otro lado, las modificaciones al artículo 24 establecen que las acciones y medidas para la reeducación y reinserción social del agresor de violencia sexual; siempre que exista un modelo de abordaje psicoterapéutico debidamente demostrado en sus beneficios y su alcance y supervisado por la Secretaría de la Mujer.

Además, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, en coordinación con la Secretaría de la Mujer de la Ciudad de México y la Fiscalía, deben facilitar los trámites para que la mujeres víctimas de violencia obtener viviendas asequibles y / o créditos para la adquisición o mejora de viviendas. Este programa debe considerar las condiciones de vulnerabilidad en las que se encuentran las mujeres víctimas.

“Artículo 43. Los titulares de las dependencias, los órganos, los órganos del Municipio y los Alcaldes que integran el Gabinete de Igualdad Sustantiva y Violencia contra la Mujer, se reunirán periódicamente para evaluar el cumplimiento de los objetivos de esta Ley”, indica.

Cabe mencionar que las modificaciones al artículo 50b mencionan que la Refugios especializados Estarán a cargo del Ministerio Público del Municipio, el cual deberá incluir en su anteproyecto de presupuesto de gastos del Municipio para cada ejercicio económico los recursos necesarios para su funcionamiento.

Los cambios a la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia en la Ciudad de México fueron aprobado por el Congreso local El 10 de noviembre y este martes entró en vigor. El jefe de gobierno tendrá un plazo máximo de 120 días hábiles para implementar reformas regulatorias necesarios para la aplicación de este decreto.

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lr / rdmd

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