Situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela – Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (A/HRC/50/59) (Versión avanzada sin editar) – Venezuela (República Bolivariana de)

Situación de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela – Informe del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (A/HRC/50/59) (Versión avanzada sin editar) – Venezuela (República Bolivariana de)

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Consejo de Derechos Humanos
50° período de sesiones
13 de junio–8 de julio de 2022
Puntos 2 y 4 del orden del día
Informe anual del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos e informes de la Oficina del Alto Comisionado y del Secretario General Situaciones de derechos humanos que requieren la atención del Consejo

Resumen

De conformidad con la Resolución 45/20 del Consejo de Derechos Humanos, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos se centra en este informe en los últimos avances relacionados con los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, el estado de derecho y el espacio cívico y a nivel de implementación. de las correspondientes recomendaciones previamente emitidas por su Oficina a la República Bolivariana de Venezuela.

I. Introducción

  1. Este informe se presenta de conformidad con la resolución 45/20 del Consejo de Derechos Humanos, en la que el Consejo solicitó al Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos que preparara un informe completo por escrito sobre la situación de los derechos humanos en Venezuela (República Bolivariana di) que contuviera una evaluación detallada de la aplicación de las recomendaciones formuladas en sus informes anteriores y presentarlo al Consejo en su 50º período de sesiones.

  2. Este informe cubre el período del 1 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2022 y se centra en los últimos acontecimientos relacionados con los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales1, el estado de derecho y el espacio cívico y el nivel de implementación de las recomendaciones correspondientes emitidas anteriormente por la Oficina. del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH). El informe se basa en la información recopilada y analizada por el ACNUDH, incluso sobre la base de entrevistas con víctimas y testigos, así como reuniones con funcionarios gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil. También tiene en cuenta la información oficial y los datos proporcionados por el gobierno.

  3. Los hallazgos de este informe han sido documentados y corroborados en estricta conformidad con la metodología del ACNUDH.2 El ACNUDH ejerció la diligencia debida para evaluar la credibilidad y confiabilidad de las fuentes y verificó la validez de la información recopilada. Buscó el consentimiento informado de las fuentes que entrevistó y tomó las medidas adecuadas para proteger sus identidades y garantizar la confidencialidad, según corresponda.
    El ACNUDH evaluó la información recopilada a la luz de las normas internacionales de derechos humanos y la legislación nacional.

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